Paquete Económico – Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2025

Hoy el Secretario de Hacienda, Rogelio Ramírez de la O, entregó el “Paquete Económico 2025” a la Cámara de Diputados; en dicho paquete se incluye la iniciativa de la Ley de Ingresos de la Federación para dicho ejercicio. Al revisar el contenido del documento, se estima que los ingresos ascenderán a $9,302,015.8 millones de pesos; de los cuales, del rubro de impuestos corresponden $5,297,812.9 millones de pesos, que representan el 56.95% del total de ingresos, como se puede apreciar a continuación:

Por otra parte, en materia fiscal no se observa la creación de nuevos impuestos; más bien, se centrarán en medidas de autocorrección fiscal de los contribuyentes, con lo que se busca una mayor eficiencia recaudatoria por parte de las autoridades fiscales, situación que ya hemos visto en los últimos años.

 

Adicionalmente, como parte de la Ley de Ingresos, se establece lo siguiente: Se conserva la disminución de multas por infracciones derivadas del incumplimiento de obligaciones fiscales. Se exceptúan del beneficio los contribuyentes que hayan declarado pérdidas en exceso y los contemplados en el artículo 85, fracción I del CFF: 50% de descuento en multas, si el pago se realiza después de que las autoridades fiscales inicien el ejercicio de facultades de comprobación y antes de que se levante el acta final de la visita domiciliaria. Reducción del 40% en multas por infracciones derivadas del incumplimiento de obligaciones, para contribuyentes que se encuentren sujetos a revisiones electrónicas en términos del artículo 53-B del CFF. Se preservan los estímulos fiscales (crédito diésel, biodiésel y sus mezclas; minería; enajenación de libros, periódicos y revistas).

  • Se incrementa el monto del estímulo fiscal a la producción artística y literaria nacional.
  • Se suspende el estímulo fiscal al deporte de alto rendimiento.
  • La tasa de retención de intereses pagados por el sector financiero será del 0.50%.
  • Los RESICO que se dediquen a actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas y pesqueras pagarán ISR únicamente por el excedente de los $900,000 de ingresos.
  • En materia de CFDI, para tener certeza jurídica, se propone establecer que los comprobantes fiscales puedan ser cancelados a más tardar el último día en el cual se deba presentar la declaración anual (artículo 29-A del CFF).
  • Se establecerá un programa de regularización fiscal dirigido a personas físicas y micro, pequeñas y medianas empresas para facilitar el pago de adeudos que tengan con las autoridades fiscales y con ello fomentar el cumplimiento voluntario.

    Para aplicar dicho beneficio, los ingresos anuales deberán ser de hasta $35 millones de pesos, y el estímulo fiscal se aplicará a las multas, recargos y gastos de ejecución adeudados, por lo que solo se pagará la contribución actualizada (adeudos del ejercicio 2023 y anteriores).
    El beneficio no aplicará para contribuyentes condenados por delitos fiscales, que no hayan desvirtuado los hechos imputados en los procedimientos del 69-B y 69-B bis del CFF, y que hayan sido beneficiarios de programas generalizados y masivos de condonación fiscal.
 
 

Es importante señalar que dichos asuntos serán discutidos en la Cámara de origen y podrán ser modificados antes de continuar con el proceso legislativo; por lo que hay que estar atentos del proceso.

Estamos a sus órdenes para comentar a detalle cualquier asunto relacionado con esta información.

 

Miguel A. Hernández Mora

Director Certidumbre Fiscal

NOVIEMBRE, 2024
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