Acuerdo Número ACDO.AS2.HCT.270224/35.P.DIR
Estimados colegas, clientes y amigos:
Se publica en el Diario Oficial de la Federación, los lineamientos generales de condonación de multas del Instituto Mexicano del Seguro Social, y su anexo único, de esta forma se deja sin efectos el acuerdo publicado del 15 de julio de 2023.
El presente acuerdo, señala que la Interpretación de los lineamientos, se encuentra a cargo de la Dirección de Incorporación y Recaudación, que será el órgano encargado de difundir y publicar de forma correcta las disposiciones de estos y en caso necesario, podrá resolver aclaraciones que las unidades administrativas (clínicas, delegaciones, subdelegaciones, etc) tengan con respecto a la aplicación de los mismo.
Se describe el cumplimiento espontáneo, con el cual, a los patrones o particulares no se les impone multa, cuando (ejemplos):
Por otro lado, se deja sin efectos una multa cuando;
Se encuentra aspectos con mayor materialidad como lo son:
Se menciona que una vez que se realicen las adecuaciones tecnológicas en los aplicativos institucionales, buzón imss – sipare, tendrán vigor las reglas 6.4 y 6.14 de los lineamientos y se darán a conocer a los patrones y demás sujetos obligados oportunamente, en los medios de comunicación con los que cuenta el instituto, incluyendo su página electrónica www. Imss.gob.mx, sin embargo, en general este acuerdo y su anexo único entra en vigor el día 25 de marzo de 2024.
Para conocer el acuerdo de los lineamientos para la condonación de multas en materia de seguridad social, así como su anexo único, se puede localizar en el Diario Oficial de la Federación del 22 de marzo de 2024. En caso de requerir información adicional, con gusto podemos apoyarle.
L.C. Miguel Castañeda Villalobos
Responsable del Área Seguridad Social
L.C. Tayde Lucila Díaz Orozco
Seguridad Social
Marzo 2024