Recuerda que puedes ser obligado a presentar tus declaraciones informativas por el ejercicio fiscal 2020 a más tardar el 31 de diciembre de 2021. A continuación, los detalles:
De acuerdo con lo establecido en los artículos 76-A de la LISR y 32-H del CFF, los contribuyentes que formen parte de un Grupo Nacional o Multinacional y que obtuvieron ingresos acumulables mayores a $815,009,360 en el ejercicio inmediato anterior (2019), además de los siguientes supuestos:
A continuación, te presentamos las declaraciones en materia:
I. DECLARACIÓN INFORMATIVA MAESTRA · MASTER FILE deberá contener información del grupo empresarial multinacional al que pertenece la compañía:
a) Estructura organizacional.
b) Descripción de la actividad, sus intangibles, actividades financieras con sus partes relacionadas.
c) Posición financiera y fiscal.
II. DECLARACIÓN INFORMATIVA LOCAL · LOCAL FILE deberá contener información sobre la compañía sin importar que esta pertenezca a un grupo nacional o multinacional:
a) Descripción de la estructura organizacional, actividades estratégicas y de negocio, así como de sus operaciones con partes relacionadas.
b) Información financiera del contribuyente obligado y de las operaciones o empresas utilizadas como comparables en sus análisis.
III. DECLARACIÓN INFORMATIVA PAÍS POR PAÍS · COUNTRY BY COUNTRY FILE deberá contener información del grupo empresarial multinacional al que pertenece la compañía. La presentara la compañía controladora del grupo multinacional o la subsidiaria que ella designe:
a) Información a nivel jurisdicción fiscal sobre la distribución mundial de ingresos e impuestos pagados.
b) Indicadores de localización de las actividades económicas en las jurisdicciones fiscales en las que opera el grupo empresarial multinacional en el ejercicio fiscal correspondiente, los cuales deberán incluir la jurisdicción fiscal; el ingreso total, distinguiendo el monto obtenido con partes relacionadas y con partes independientes; utilidades o pérdidas antes de impuestos; impuesto sobre la renta efectivamente pagado; impuesto sobre la renta causado en el ejercicio; cuentas de capital; utilidades o pérdidas acumuladas; número de empleados; activos fijos y de mercancías.
c) Un listado de todas las entidades integrantes del grupo empresarial multinacional, y de sus establecimientos permanentes, incluyendo las principales actividades económicas de cada una de las entidades integrantes del grupo empresarial multinacional; jurisdicción de constitución de la entidad, para el caso en que fuera distinta a la de su residencia fiscal, además de toda aquella información adicional que se considere pudiera facilitar el entendimiento de la información anterior.
Es importante que los contribuyentes revisen con sus asesores de precios de transferencia si cumplen en tiempo y forma con todas sus obligaciones en la materia, con el objetivo de evitar incurrir en multas y sanciones en el futuro.
De igual forma, se recomienda mantener documentada la información referente a las operaciones que realicen con partes relacionadas, debido a que dicha información es parte fundamental para él envió de las declaraciones informativas.
Si estás interesado en explorar con mayor detalle las obligaciones, riesgos, oportunidades y sanciones relacionados con Precios de Transferencia en México, ponte en contacto con nuestro equipo y agendemos una reunión, en la que personalmente atenderemos cualquier consulta o pregunta que puedas tener.
L.C. Julio César Reyes Hernández
Área Precios de Transferencia
dn@bhrmx.com
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