Sistemas de Ahorro para el Retiro: Modificaciones y Adiciones a las Disposiciones de Carácter General
El pasado 29 de junio fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación, diferentes modificaciones a las disposiciones de carácter general relativas a operaciones de los Sistemas de Ahorro para el Retiro (SAR), algunas de ellas procedentes de la pasada reforma de pensiones del 16 de diciembre del 2020.
Algunos cambios contenidos en estas modificaciones son:
- A partir de octubre del 2021, de acuerdo con el artículo 193 de la Ley del Seguro Social, los beneficiarios de las cuentas individuales podrán disponer de los recursos a que tienen derecho, sin solicitar permiso a un órgano jurisdiccional.
- Atendiendo a los intereses de los trabajadores, podrán optar por las modificaciones de convivencia entre las modalidades de renta vitalicia y retiros programados.
- Con la activación y el fortalecimiento de la seguridad en el intercambio de información, se logrará suprimir el folio de conocimiento de traspaso, con el propósito de simplificar el cambio de Afore para los trabajadores, al disminuir el trámite de 50 días hábiles a 20 únicamente. Esta acción entrará en vigor en el mes de enero del 2022.
- Cualquier interesado podrá conocer si ha sido designado como beneficiario de alguna cuenta individual, ya que el Sistema de Ahorro para el Retiro contará con una base de datos, con el que se podrá favorecer el ejercicio de sus derechos y a su vez asegurar la confidencialidad de sus datos.
- Con la finalidad de apoyar a los trabajadores que pierden su empleo, se tendrá la posibilidad de disponer de la ayuda de desempleo en un solo pago en lugar de 6 mensualidades.
- Se permitirá que las afores redistribuyan sus recursos con la intención de mejorar la atención a los usuarios, eliminando el proceso de recertificación proceso, trámite que entrara en vigor en enero 2022.
FUENTE: Diario Oficial de la Federación
Nuestros especialistas del área de Auditoría para Seguridad Social e INFONAVIT y Contribuciones Locales se encuentra a sus órdenes para analizar de manera detallada los efectos que pueda tener en su empresa, la aplicación de las disposiciones aquí expuestas.
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L.C. Miguel Castañeda Villalobos
Responsable del Área Seguridad Social
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