Mejores prácticas para SOFOMES

El pasado 3 de junio del año en curso, la Unidad de Inteligencia Financiera de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público dio a conocer la guía que contiene las “Mejores prácticas aplicables a los reportes de operaciones inusuales e internas preocupantes remitidos por las SOFOM E.N.R” (Mejores Prácticas), las cuales buscan mejorar la calidad de la información enviada por los Sujetos Obligados a través de los Reportes de Operaciones Inusuales (ROI), Reportes de Operaciones Internas Preocupantes (ROIP) y los Reportes de Operaciones Inusuales de 24 horas.

La emisión de esta guía de Mejores Prácticas tiene por objetivo el fungir como una herramienta que refleje un proceso de análisis integral para la elaboración y envío de ROI y ROIP por parte de las SOFOM E.N.R., los cuales cuenten con elementos concluyentes que determinen la inusualidad detectada en las operaciones, con la finalidad de que la autoridad cuente con mayores elementos para analizar e identificar posibles conductas relacionadas con LD/FT u otros delitos.

Para esto, las Mejores Prácticas cuentan con mejoras y modificaciones campos específicos del Layout para el envío de Reportes, permitiendo el envío de información más oportuna derivada del análisis y razonamiento de la información y operaciones realizadas con sus clientes y usuarios.

Es importante mencionar que las SOFOMES E.N.R. deberán de tener en cuenta que:

  • El Oficial de Cumplimiento, cuenta con un plazo de 30 días naturales a la fecha de publicación para realizar la modificación de su Manual de Cumplimiento, contemplando lo establecido en las Mejores Prácticas, y presentarlo a su Comité de Comunicación y Control, en su caso, para su aprobación y adopción.
  • Deberá de notificar a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores la adopción de las Mejores Prácticas dentro de los 15 días naturales siguientes a la fecha en que sean aprobados, a través de un escrito libre dirigido a la Dirección General de Prevención de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita “A” a la siguiente dirección de correo electrónico prevencion.lavado@cnbv.gob.mx
  • Se contarán con 60 días naturales contados a partir del día hábil siguiente a la fecha de la sesión en que se adopten, para implementar las Mejores Prácticas en sus procesos de análisis y generación de reportes de operaciones.
  • Se cuenta con Anexos que auxiliarán a la SOFOM E.N.R. para la adopción de las Mejores prácticas.

En BHR México, estamos conscientes de la importancia de dar un adecuado cumplimiento a la Regulación en materia de Prevención de Lavado de Dinero y Financiamiento al Terrorismo, por lo cual buscamos hacerle llegar a nuestros clientes información oportuna que les permita apoyar los procesos cumplimiento y toma de decisiones, poniendo a su disposición una serie de servicios para lograr los objetivos de la administración, los cuales permitan a su empresa perdurar ante los tiempos de crisis.

Los invitamos a acercarse con nuestros Socios y Especialistas en materia de prevención e identificación de riesgos empresariales para asesorarlo respecto a las contingencias que pudiesen presentarse en su día a día, con la finalidad de poder implementar o fortalecer los controles de su entidad de una forma estratégica, encontrándonos a sus órdenes para ampliar la información o responder las dudas que puedan tener a este respecto, será para nosotros un placer poder atenderlo.

Podrá realizar la descargar del aviso y del documento que contiene las Mejores Prácticas a través del siguiente link:

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C.P.C. y CIEAF Ximena G. Galicia Ojeda
Directora del Área PLD / Forensic
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