IBSOS – SEGURIDAD EN LA INFORMACIÓN, PROTECCIÓN Y LA PRIVACIDAD DE DATOS DE TERCEROS, SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN, RELACIONADOS CON LAS NUEVAS LEYES PUBLICADAS

Las Normas de Información de Sostenibilidad en la serie NIS B-1: se establecen los Indicadores Básicos de Sostenibilidad (IBSOs), se agrupan en tres temas: 1. Ambientales, 2. Sociales-Recursos humanos y 3. Gobernanza, es este último se consideran el IBSO C.7. Seguridad en la Información y el C.8. Protección y privacidad de datos de terceros Seguridad de la información, para cubrir estos IBSOs las entidades deberán considerar las siguientes leyes que fueron publicadas el 20 de marzo del 2025.

  • Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LGTAIP), esta ley tiene por objeto establecer los principios, bases generales y procedimientos para garantizar el derecho de acceso a la información en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como de cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad de la Federación, las Entidades Federativas y los municipios.

  • Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados (LGPDPPSO), tiene como objetivo establecer las bases, principios, y procedimientos para garantizar el derecho de toda persona a la protección de sus datos personales, adicionalmente regula el tratamiento controlado e informado de los datos personales en posesión de sujetos obligados, asegurando la privacidad y el derecho a la autodeterminación informativa así mismo delimita las atribuciones y deberes de los sujetos que tratan datos personales, promoviendo un manejo adecuado de la información.

  • Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (LFPDPPP) introduce nuevos conceptos como el aviso de privacidad, consentimiento y datos personales sensibles, además de regular el tratamiento y la transferencia de datos. También se incluyen medidas de autorregulación y se definen sanciones por incumplimiento, la ley entró en vigor el 21 de marzo del 2025.

  • Aviso de privacidad: Documento disponible para el titular de la información, en formato físico, electrónico o cualquier otro, generado por el responsable desde el momento en que se recaben sus datos personales, con el fin de informar los propósitos del tratamiento de los mismos.

  • Consentimiento: Manifestación de la voluntad libre, específica e informada del titular de los datos para el tratamiento de los mismos.

  • Datos personales: Información concerniente a una persona identificada o identificable, es decir, cuando su identidad pueda determinarse directa o indirectamente a través de cualquier información.

  • Datos personales sensibles: Datos que afectan la actividad del titular, cuya utilización indebida puede dar origen a discriminación o conllevar un riesgo grave. De manera enunciativa pero no limitativa se consideran sensibles los datos personales que puedan revelar aspectos como origen racial o étnico, estado de salud presente o futuro, información genética, creencias religiosas, filosóficas y morales, opiniones políticas y preferencia sexual.

  • Derechos ARCO: Derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición al tratamiento de datos personales.

  • Sujetos regulados: personas físicas o morales de carácter privado que llevan a cabo el tratamiento de datos personales.

  • Tratamiento: operaciones manuales o automatizadas aplicadas a los datos personales, relacionadas con la obtención, uso, registro, organización, conservación, elaboración, utilización, comunicación, difusión, almacenamiento, posesión, acceso, manejo, aprovechamiento, divulgación, transferencia o disposición de datos personales.

  • Transferencias: comunicación de datos personales dentro o fuera de México, realizada a persona distinta del titular, responsable o encargado del tratamiento.

C.P. José Luis Zamora

Socio en BHR México

Abril 2025