DECLARACIÓN ANUAL DE PERSONAS MORALES – REPORTA CON PRECISIÓN ANTES DEL 31 DE MARZO
El cierre fiscal de 2024 está por concluir y la Declaración Anual de Personas Morales es un proceso que requiere máxima atención para evitar errores, ajustes o revisiones innecesarias. El SAT ha actualizado su aplicativo, incorporando información precargada y ajustes en deducciones que pueden impactar la carga fiscal de tu empresa.
Este año, cada declaración será revisada con mayor detalle, por lo que cualquier discrepancia en los ingresos, deducciones y cálculos de ISR puede derivar en auditorías o recargos. ¿Está tu empresa lista para cumplir con esta obligación sin contratiempos?
Aspectos clave a considerar antes de presentar la declaración
Información precargada: Oportunidad o riesgo
El SAT ha integrado información de pagos provisionales, retenciones y CFDI de nómina del ejercicio 2024, junto con la declaración del año anterior. Si los datos no coinciden con los registros de la empresa, será necesario presentar declaraciones complementarias para evitar diferencias que llamen la atención de la autoridad.
ISR y PTU: Impacto directo en la carga tributaria
Utilidad fiscal y gravable: La información reportada determinará el ISR del ejercicio y la base de reparto de utilidades a trabajadores (PTU).
Ajuste anual por inflación: Al estar prellenada la información, los contribuyentes deberán replicar lo declarado mensualmente; cualquier diferencia requerirá correcciones.
Ingresos acumulables y deducibles: Se deben validar ingresos exentos, no acumulables, ajustes por inflación y operaciones con el extranjero.
Deducciones y facilidades administrativas
Nuevas oportunidades fiscales: Se incluyen facilidades en deducción de inversiones, gastos de investigación y desarrollo tecnológico.
Deducción de nómina: Se mantiene la limitación del 47% o 53% en pagos exentos a trabajadores.
Pérdidas fiscales de ejercicios anteriores: Se permite disminuirlas conforme a lo establecido en el artículo 9 de la LISR.
Declaración para empresas con operaciones internacionales: Las personas morales con operaciones con el extranjero deberán atender lineamientos específicos sobre precios de transferencia y partes relacionadas.
Estados financieros: Captura y cambios en la información
Si presentas ISSIF o Dictamen Fiscal, solo se determina el resultado fiscal; no se habilitan los apartados de Estados Financieros y Conciliación Contable-Fiscal.
Eliminación de referencias a partes relacionadas y cuentas extranjeras.
Reclasificación del resultado del ejercicio dentro del capital contable.
Identificación de resultados integrales de la controladora y no controladora.
Regímenes especiales: ¿Aplica tu empresa?
Si tu empresa tributa en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), los ingresos y deducciones deberán reportarse bajo un esquema de flujo de efectivo, sin ajuste anual por inflación ni coeficiente de utilidad. Además, este régimen ofrece facilidades como exención de contabilidad electrónica y no presentación de DIOT.
Fecha límite: 31 de marzo de 2025. No dejes la declaración para el último momento y evita complicaciones fiscales.
Anticípate y evita errores con BHR México
La información precargada y los nuevos ajustes fiscales pueden ser una ventaja si se gestionan correctamente. En BHR México, te ayudamos a:
Revisar la información prellenada y corregir discrepancias.
Optimizar deducciones y beneficios fiscales para reducir la carga tributaria.
Cumplir con las obligaciones de ISR y PTU evitando errores que puedan derivar en revisiones del SAT.
Asegurar que la presentación de la declaración se realice en tiempo y forma.
Agenda una consulta con nuestros expertos y garantiza un cierre fiscal sin imprevistos.