A partir del día 05 de mayo entra en vigor el acuerdo ACDO.AS2.HCT.250423/106.P.DIR publicado el día 04 de abril del presente año, en este acuerdo señala la aprobación a las disposiciones transitorias aplicables a las reglas de carácter general para la obtención de la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social, que fueron publicadas anteriormente el 22 de septiembre de 2022.
En nuestro boletín del pasado 28 de marzo hicimos mención que este documento es otorgado por el Instituto Mexicano del Seguro Social a través de una consulta en el escritorio virtual, con la finalidad de conocer si el particular que realiza la consulta se encuentra al corriente de sus obligaciones fiscales en esta materia, además de permitir tener varios beneficios como:
Con esta aprobación la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social, será vigente durante un plazo de quince días naturales, con los que el contribuyente podrá formalizar contrataciones referidas en el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, de esta forma para operaciones comerciales o de servicios, se tendrá un mayor plazo, ya que anteriormente su vigencia era únicamente durante el día de la fecha en que era generada esta constancia.
Para conocer la nueva disposición de la nueva vigencia de la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social, se puede localizar el acuerdo publicado por el IMSS el 04 de mayo de 2023 en el Diario Oficial de la Federación.
En caso de requerir información adicional, con gusto podemos apoyarle.
L.C. Miguel Castañeda Villalobos
Responsable del Área Seguridad Social
L.C. Tayde Lucila Díaz Orozco
Seguridad Social
Mayo 2023