Opinión de Cumplimiento IMSS e INFONAVIT

Estimados colegas, clientes y amigos:

Conforme al artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, el cual permite participar en una licitación que convoque la Administración Pública Federal, Centralizada y Paraestatal, así como la Procuraduría General de la Republica, se requiere demostrar el cabal cumplimiento de sus obligaciones fiscales en materia de Seguridad Social.

Dicho de otra forma, la “Opinión de Cumplimiento” es el documento que se proporciona al patrón o contribuyente, en el que se muestra el estatus en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales con el IMSS y el INFONAVIT, para que pueda participar en licitaciones ante el Instituto, con la Administración Pública Federal o Estatal, Organismos Centralizados, Instituciones Paraestatales, así como para realizar un trámite fiscal.

Al ser patrón y en caso de desentenderse del cumplimiento de las cargas sociales, tanto el IMSS (Instituto Mexicano del Seguro Social) y el INFONAVIT (Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda), podrán determinar créditos fiscales por concepto de cuotas obrero patronales, actualizaciones y recargos, diferencias, capitales constitutivos, así como también podrán imponer multas conforme al artículo 297 de la Ley del Seguro Social y al marco normativo vigente del Infonavit.

También esta opinión de cumplimiento, permite realizar otro trámites fiscales como son: comercio exterior, obtención del otorgamiento de subsidios y estímulos, autorizaciones en materia de impuestos internos, actualmente las empresas solicitan este documento a sus proveedores para poder asegurarse de que sus operaciones de compra de bienes o servicios no son realizadas por empresas conocidas como EFOS (Empresa que factura de operaciones simuladas), evitándose que al deducir compras o servicios, el Servicio de Administración Fiscal la considere como una empresa que Deduce Operaciones Simuladas (EDOS), conforme al artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación.

El trámite para obtener la opinión de cumplimiento en el IMSS, es:

  • Estar dado de alta como patrón y vigente en la fecha que se solicita la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de Seguridad Social.
  • Contar con trabajadores registrados en el IMSS y vigentes en la fecha que solicitas la opinión.
  • Escritorio Virtual.
  • Contar también con e.firma o firma electrónica vigente.
  • Estar registrado como usuario en el escritorio virtual.
  • Cuando ya se esté dentro del Escritorio Virtual, ir al apartado “Mis empresas representadas”. Seleccionar el Registro Federal de Contribuyentes, RFC, de la empresa de la cual quieres obtener la Opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales del IMSS.
  • El sistema mostrará una pantalla donde aparece el RFC seleccionado y, en el apartado izquierdo, verás “Datos fiscales”. Se Deberá clicar en “Acciones” e indicar “Opinión de Cumplimiento” para poder obtener dicho documento.
  • La vigencia de la Opinión de cumplimiento de obligaciones es de 30 días naturales desde la fecha en que se expide.
  • Si se requiere obtener Opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales del IMSS positiva, no deberás tener créditos fiscales firmes a su cargo.
  • Si esta resulta negativa deberás acudir a realizar las aclaraciones procedentes a la Subdelegación que indique el documento.

En caso de requerir opinión de cumplimiento en el INFONAVIT, el trámite es el siguiente:

1. Ingresa al portal del Infonavit  www.infonavit.org.mx

2. Elegir la opción Resuelve tus trámites y da clic en Constancia de Situación Fiscal.

3. Localizar la sección pasos a seguir y da a clic en la frase Trámite por registro Federal de Contribuyentes (RFC).

4. Selecciona el tipo de persona que va a buscar, si es física o moral.

5. Capture el nombre y el Registro Federal de Contribuyentes.

6. Activar la casilla “Declaro bajo protesta de decir verdad, no contar con Número de Registro Patronal ante el Infonavit” y da clic en Consultar.

7. Por último se descarga la Constancia de Situación Fiscal sin antecedentes en formato PDF.

Fuente: Instituto Mexicano del Seguro Social e Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda.

En caso de requerir información adicional, con gusto podemos apoyarle.

L.C. Miguel Castañeda Villalobos
Responsable del Área Seguridad Social

L.C. Tayde Lucila Díaz Orozco
Seguridad Social
dn@bhrmx.com

Julio 2022

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