Comprobantes Fiscales por Internet (CFDI) cambios 2022

El CFDI 4.0 es la nueva versión de Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), disponible para los contribuyentes en el portal de Servicio de Administración Tributaria (SAT) desde enero 2022, siendo obligatoria su operación a partir del 1 de julio de 2022 sustituyendo a la versión 3.3; sus principales cambios son los siguientes:

CFDI de Ingresos.

  • Versión 4.0
  • Incluye de manera obligatoria el nombre o razón social y domicilio fiscal del emisor y del receptor.
  • Incluye el régimen fiscal del receptor.
  • Incluye de forma precisa la clave de uso fiscal del CFDI que le dará el receptor.
  • Incluye campos para identificar las operaciones donde exista una exportación de mercancías.
  • Identifica si las operaciones que ampara el CFDI son objeto de impuestos indirectos.
  • Incorpora nuevos apartados para reportar información respecto de las operaciones con el público en general, así como las realizadas a cuenta de terceras personas.
  • Nuevo procedimiento y plazo para cancelar CFDI de ingresos.

Complemento de recepción de pagos.

  • Versión 2.0
  • Incluye nuevos campos para identificar si los pagos de las operaciones que ampara el comprobante son objeto de impuestos
  • Incluye el resumen de los importes totales de los pagos realizados expresados en moneda nacional, así como de los impuestos que se trasladan.
  • Se modifica esquema y se incluye motivo de cancelación
  • Incluye folio fiscal que sustituye el comprobante cancelado
  • Incluye reglas de validación para los nodos y atributos de impuestos

Comprobante de retenciones e información de pagos.

  • Versión 2.0
  • Incluye de manera obligatoria el nombre y domicilio fiscal del emisor y del receptor, especificando el código postal.
  • Permite relacionar otros CFDI.
  • Incluye reglas de validación.

Servicio de cancelación de facturas.

  • A partir del 2022 es necesario señalar el motivo de la cancelación de los comprobantes:

“01” Comprobante emitido con errores con relación

“02” Comprobante emitido con errores sin relación

“03” No se llevó a cabo la operación

“04” Operación nominativa relacionada en la factura global

  • Es necesario indicar el folio fiscal que sustituye al CFDI cancelado en la validación con clave 01.
  • El monto de cancelación del CFDI sin aceptación del receptor es de $1,000 MXN.
  • ​El receptor deberá manifestar la aceptación o rechazo de la cancelación a través del Portal del SAT o bien vía un proveedor de certificación dentro de los tres días hábiles siguientes contados a partir de la recepción de la solicitud. De no emitir respuesta, se considera como una positiva ficta y la factura será cancelada.
  • En caso de que la solicitud de cancelación no requiera aceptación por parte del receptor, la factura se cancelará de manera inmediata.
  • Se actualizan los plazos para realizar la cancelación de facturas, debiendo realizarse en el ejercicio en que se expidan, salvo que las disposiciones fiscales prevean otro plazo.
  • Se adicionó la fracción XLVI al artículo 81 del Código Fiscal de la Federación (CFF) en el cual se manifiesta una posible multa por no cancelar las facturas dentro del plazo manifestado en el citado artículo 29-A, la sanción que se podrá obtener en el supuesto que se caiga en dicha situación será impuesta por la autoridad y oscila del 5% a un 10% del monto de cada comprobante fiscal, esto de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 82, fracción XLII de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR).

Fundamento Legal

Artículos 29, 29-A, 81 y 82 del Código Fiscal de la Federación.

Regla 2.7.1.34 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022.

Regla 2.7.1.47 de la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022.

Regla 2.7.1.35 Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022.

Transitorio Segundo de la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022.

Alejandra Segura
Gerente de Contabilidad
dn@bhrmx.com

Mayo 2022

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