Estimados clientes y amigos:
En anteriores boletines, les hicimos del conocimiento sobre aquellas multas impuestas por parte de la autoridad, en específico, por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), por supuestamente incumplir obligaciones fiscales, fundamentadas en el artículo 82, fracción I, inciso d) del Código Fiscal de la Federación.
De igual forma, se compartió una sentencia dictada por el Tribunal Federal de Justicia Administrativa en la que se resolvió que es ilegal dicha multa, por haber presentado una declaración fuera de los plazos establecidos en las disposiciones fiscales.
Pues bien, derivado de lo anterior, el día 31 de agosto de 2022 la citada autoridad fiscalizadora, mediante un comunicado el cual fue difundido a través de su cuenta de Twitter, dio a conocer una facilidad que permite hasta el 100% de reducción de las multas para contribuyentes que tienen multas fiscales por incumplimiento de las declaraciones pendientes en años anteriores a 2022.
Las personas que pueden obtener esta facilidad son:
En dicho comunicado, mismo que se adjunta para mejor referencia, el SAT plasma los porcentajes de reducción de multas, mismos que varían según los años transcurridos desde que la multa fue notificada.
Cabe señalar que estos porcentajes fueron dados a conocer a través del Primer Anteproyecto de la Séptima Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022, difundido el 26 de agosto de 2022. (Se adjunta también)
Llama la atención, que dentro del mismo comunicado, se proporciona una liga al canal de YouTube de la propia fiscalizadora, para instruir a los contribuyentes a que soliciten su línea de captura para obtener la reducción en el pago de multas: https://bit.ly/3RuwJeS
No se omite señalar que este beneficio estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2022.
Finalmente, se recomienda revisar y analizar la motivación expresada en las propias multas y demás elementos que revistan al asunto en particular, para determinar las posibilidades de éxito en caso de acudir a un litigio.
L.D. y M.D.F. Luis Daniel Rojas García
Responsable del área Litigio Fiscal-Legal
dn@bhrmx.com
Septiembre 2022