Durante la pandemia muchas familias perdieron a un ser querido, dejando un proceso difícil, triste e incluso gravoso, porque además de que se generaron muchos trámites por resolver, trajo consigo gastos impredecibles a estas familias, poniendo incluso en riesgo su patrimonio.
Ante este panorama, los ahorros de la subcuenta de vivienda de los derechohabientes fallecidos del INFONAVIT (Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores), pueden ser solicitados por los familiares o beneficiarios.
El trámite dependerá del periodo en que haya cotizado el derechohabiente fallecido, considerando que de 1972-1992 tenían fondo de ahorro y quienes aportaron a partir de 1992 y 1997 a la seguridad social contaron con una subcuenta de vivienda.
El Infonavit en su página de internet, señala que la solicitud del ahorro pueden realizarla los beneficiados legales y en caso de que el derechohabiente fallecido no cuente con ellos, las personas que soliciten la devolución deben ser aquellos que se reconozcan en los términos de la Ley del Seguro Social, la devolución a beneficiarios sólo es para mayores de edad, si el beneficiario es menor de edad, el trámite deberá realizarse a través de un tutor legal.
Se puede consultar la liga:
Fuente: Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores
Nuestros especialistas del área de Auditoría para Seguridad Social e INFONAVIT y Contribuciones Locales se encuentra a sus órdenes para analizar de manera detallada los efectos que pueda tener en su empresa, la aplicación de las disposiciones aquí expuestas.
L.C. Miguel Castañeda Villalobos
Responsable del Área Seguridad Social
L.C. Tayde Díaz Orozco
Área Seguridad Social
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