Informativa de Contratos de Servicios u Obras Especializados (ICSOE)

Recordarán que el pasado 23 de abril del presente año se publicó, en el Diario Oficial  de la Federación, el decreto por el que se reforman diversos  ordenamientos legales, entre estos, la LFT y la LSS, el objetivo principal de estas modificaciones fue la de impedir  la  subcontratación de personal, excepto  los servicios o ejecución  de obras especializados los cuales no formen parte del objeto  social ni de la actividad económica preponderante de las  empresas, siempre que el prestador esté registrado en el  padrón de la STPS y los servicios u obras se formalicen  mediante contrato escrito.

Este decreto maneja que la presentación de esta información, con respecto al artículo primero transitorio, las reformas a la LSS entraron en vigor al día siguiente de su publicación, es decir el 24 de abril. Así mismo, el artículo sexto transitorio de dicho instrumento indico que la información de contratos debería empezar a proporcionarse dentro de los 90 días siguientes a la fecha de publicación de las reformas, es decir, el pasado 22 de julio. Finalmente, el 30 de julio, la Cámara de Diputados aprobó una modificación al artículo citado en el párrafo anterior, para establecer como fecha límite el 1º  de septiembre.

En consecuencia el día 27 del presente, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) habilito su herramienta electrónica; Informativa de Contratos de Servicios y Obras Especializados ( ICSOE).

A través de comunicado de prensa 202108/030, el IMSS detalló que dicha plataforma busca facilitar el cumplimiento de tal obligación según lo dispuesto en el artículo 15 A de la Ley del Seguro Social, tras la entrada en vigor de la Reforma en materia de Subcontratación Laboral el 24 de abril del 2021.

El objetivo de este sistema es que los prestadores de servicios o ejecutores de obras especializadas, comuniquen a este instituto, la información de aquellos contratos celebrados en materia de subcontratación de servicios especializados o de ejecución de obra especializada. El IMSS solicitará al contratista un mínimo de datos, ya que optará por el consumo de información de fuentes internas y externas.

Las características principales que se destacan de este sistema son:

  • Aplicativo web, de acceso totalmente en línea. Google Chrome.
  • Disponibilidad del sistema las 24 horas, los 365 días del año
  • Capacidad de carga de archivos de hasta 5 megas
  • Carga de trabajadores uno a uno o masiva
  • Asignación de capturistas para carga de información

Si se desea ingresar a esta herramienta, es necesario acceder por la página www.imss.gob.mx, seleccionando el apartado “Sitio de interés” eligiendo el banner ICSOE;  también se podrá consultar material de apoyo para facilitar el cumplimiento de la obligación en cuestión.

Para ingresar al recurso como prestador de servicios o ejecutor de obras especializadas se requiere la E-Firma vigente, generada por el SAT, tratándose de personas morales, debe ser con la firma de la empresa y no la del representante legal.

Al ser lanzado este sistema, los prestadores o ejecutores podrán capturar la información de los contratos que suscriban y de los colaboradores con lo que dan cumplimiento a los mismos, y a partir del próximo 1º de septiembre, se podrá iniciar la presentación electrónica al IMSS la información de todos los contratos celebrados en el cuatrimestre y que fueron capturados previamente en el sistema.

Entonces las próximas fechas de vencimiento son:

El IMSS, ha puesto a disposición el centro de contacto telefónico 800-623-2323, opción 5 y nuevamente 5, para mayor información o atención de dudas, así mismo registrar un planteamiento a través del Buzón IMSS en el apartado de Promociones Electrónicas.

Se puede consultar  la liga: http://www.imss.gob.mx/prensa/archivo/202108/030, en el que el Gobierno de México, informa que el IMSS libera sistema en línea para facilitar el cumplimiento de la obligación de proporcionar información de contratos de servicios u obras especializados.

FUENTE: Instituto Mexicano del Seguro Social

Nuestros especialistas del área de Auditoría para Seguridad Social e INFONAVIT y Contribuciones Locales se encuentra a sus órdenes para analizar de manera detallada los efectos que pueda tener en su empresa, la aplicación de las disposiciones aquí expuestas.

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Responsable del Área Seguridad Social

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Área Seguridad Social
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