IMSS Simplifica la autorización de pagos a plazos de Cuotas Obrero-Patronales ante Emergencia Sanitaria

En atención a las dificultades económicas que presentan algunos empleadores para realizar el pago de cuotas obrero-patronales causadas durante el periodo de emergencia sanitaria generada por el (Covid-19), el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) informó en su boletín de prensa número 213/2020, con fecha 21 de abril de este año, que simplificó el trámite para celebrar el convenio del pago a plazos, sin necesidad de garantizar el interés fiscal, como anunció en días pasados.

 

De esa manera, los patrones interesados en aplicar esa facilidad administrativa que establece la Ley del Seguro Social (LSS), pueden llamar al número telefónico 800-6232-323, o bien, enviar un correo electrónico a la dirección siguiente: convenioorienta@imss.gob.mx, para solicitar asesoría referente a la celebración del convenio de pago a plazos, de manera simplificada.

 

Una vez aclaradas las dudas, para formalizar el convenio de pago en parcialidades de las cuotas obrero-patronales, el empleador no tendrá que desplazarse a la Subdelegación del IMSS que le corresponda, ya que únicamente deberá enviar al correo electrónico referido la siguiente documentación:

 

  1. Escrito libre solicitando la autorización del pago a plazos, indicando los plazos en los cuales se efectuará el pago.

 

  1. Tarjeta de identificación patronal.

 

  1. Identificación oficial vigente del patrón, sujeto obligado o representante legal (credencial del Instituto Nacional Electoral (INE), pasaporte y/o cédula profesional).

 

  1. Acta constitutiva de la persona moral (únicamente las hojas donde se señala la razón social para la cual fue creada, así como aquélla que contenga el folio del Registro Público de la Propiedad y del Comercio).

 

  1. Poder notarial del representante legal (sólo la hoja donde se señala la facultad conferida por la persona moral, debiendo ser específica para la realización de trámites ante entidades públicas o actos de administración).

 

En ese sentido, una vez que el IMSS verifique la información del patrón, le enviará por correo electrónico el proyecto de convenio. Si el patrón acepta los términos del convenio, el personal del Instituto le enviará por correo electrónico la ficha de depósito con línea de captura correspondiente, la cual se podrá pagar por medio de SPEI a la cuenta 021180550300067765 del banco HSBC.

 

 

Por último, el IMSS indica que con la suscripción del convenio el patrón evitará la imposición de multas, en términos del artículo 304-C de la LSS, pues se entenderá que cumple de manera espontánea con sus obligaciones en materia de seguridad social en el marco de la declaratoria de emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor.

 

En caso de requerir información adicional, con gusto podemos apoyarle.

 

¡No importa lo que necesites. Aquí estamos para ayudarte!

L.C. Miguel Castañeda Villalobos

Gerente de Seguridad Social
mcastaneda@bhrmx.com

En México contamos con 19 oficinas en toda República Mexicana, 60 socios y más de 500 profesionales para ofrecerte la mejor calidad de nuestros servicios. Conócelos aquí

[:en]En atención a las dificultades económicas que presentan algunos empleadores para realizar el pago de cuotas obrero-patronales causadas durante el periodo de emergencia sanitaria generada por el (Covid-19), el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) informó en su boletín de prensa número 213/2020, con fecha 21 de abril de este año, que simplificó el trámite para celebrar el convenio del pago a plazos, sin necesidad de garantizar el interés fiscal, como anunció en días pasados.

 

De esa manera, los patrones interesados en aplicar esa facilidad administrativa que establece la Ley del Seguro Social (LSS), pueden llamar al número telefónico 800-6232-323, o bien, enviar un correo electrónico a la dirección siguiente: convenioorienta@imss.gob.mx, para solicitar asesoría referente a la celebración del convenio de pago a plazos, de manera simplificada.

 

Una vez aclaradas las dudas, para formalizar el convenio de pago en parcialidades de las cuotas obrero-patronales, el empleador no tendrá que desplazarse a la Subdelegación del IMSS que le corresponda, ya que únicamente deberá enviar al correo electrónico referido la siguiente documentación:

 

  1. Escrito libre solicitando la autorización del pago a plazos, indicando los plazos en los cuales se efectuará el pago.

 

  1. Tarjeta de identificación patronal.

 

  1. Identificación oficial vigente del patrón, sujeto obligado o representante legal (credencial del Instituto Nacional Electoral (INE), pasaporte y/o cédula profesional).

 

  1. Acta constitutiva de la persona moral (únicamente las hojas donde se señala la razón social para la cual fue creada, así como aquélla que contenga el folio del Registro Público de la Propiedad y del Comercio).

 

  1. Poder notarial del representante legal (sólo la hoja donde se señala la facultad conferida por la persona moral, debiendo ser específica para la realización de trámites ante entidades públicas o actos de administración).

 

En ese sentido, una vez que el IMSS verifique la información del patrón, le enviará por correo electrónico el proyecto de convenio. Si el patrón acepta los términos del convenio, el personal del Instituto le enviará por correo electrónico la ficha de depósito con línea de captura correspondiente, la cual se podrá pagar por medio de SPEI a la cuenta 021180550300067765 del banco HSBC.

 

 

 

 

 

Por último, el IMSS indica que con la suscripción del convenio el patrón evitará la imposición de multas, en términos del artículo 304-C de la LSS, pues se entenderá que cumple de manera espontánea con sus obligaciones en materia de seguridad social en el marco de la declaratoria de emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor.

 

En caso de requerir información adicional, con gusto podemos apoyarle.

 

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