HASTA EL 1° DE JUNIO 2020

A través de comunicado CGRF/2020/033 emitido el 22 de abril de 2020, el INFONAVIT da a conocer que por única ocasión el aviso de dictamen del INFONAVIT podrá presentarse hasta el 1 de junio y podrá enviarse de forma digitalizada junto con los siguientes documentos:

  • Aviso para dictaminar debidamente requisitado y firmado por el patrón o su representante legal y el contador público autorizado, en caso de que el patrón o representante legal no pueda firmar, lo podrá enviar el CPA; en cuyo caso para que pueda surtir sus efectos legales el mismo tendrá que ser ratificado por el patrón o representante legal y enviado por el mismo medio dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha de su envío, en caso contrario se tendrá por no presentado.
  • Constancia de registro del contador público autorizado.
  • Constancia del cumplimiento de la Norma de Educación Continua del CPA que va a elaborar el dictamen.
  • Si el giro del patrón es la construcción, una relación de obras vinculadas al registro patronal. En este caso, el periodo corresponde al mismo de la ejecución de la obra.
  • Identificación oficial del patrón en caso de ser persona física o identificación oficial del representante legal en caso de ser persona moral o física con representación legal.

 

En caso de que sea la primera ocasión que se presenta el aviso para dictaminar se requiere:

  • Formato de inscripción patronal.
  • Acta constitutiva y modificaciones a la misma (en caso de ser persona moral).

 

Los correos a los que se debe de enviar la información son: ggarza@infonavit.org.mx y/o ayhernandezr@infonavit.org.mx

 

Es importante considerar que la confirmación de recepción del correo electrónico no implica que se tenga por recibido el aviso del dictamen, por lo que se deberá esperar contestación al CPA a través de los correos electrónicos antes señalados donde ya se le asignara el número de aviso que le correspondió.

 

Esta medida únicamente se refiere a la recepción del aviso del dictamen, por lo que el dictamen deberá presentarse en los términos establecidos en el artículo 65 del Reglamento de Inscripción, Pago de Aportaciones y Entero de Descuentos al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores; es decir, dentro de los 6 meses siguientes a la fecha de presentación de este aviso del dictamen.

En caso de requerir información adicional, con gusto podemos apoyarle.

 

¡No importa lo que necesites. Aquí estamos para ayudarte!

L.C. Miguel Castañeda Villalobos

Gerente de Seguridad Social

mcastaneda@bhrmx.com

En México contamos con 20 oficinas en toda República Mexicana, 54 socios y más de 500 profesionales para ofrecerte la mejor calidad de nuestros servicios.

 

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