¿ES UNA OBLIGACIÓN CONFORME A LA LEY?

De acuerdo a lo que disponen las leyes en materia civil, mercantil y fiscal, así como los estatutos de cada sociedad, es obligatorio que por lo menos una vez año los socios o accionistas se reúnan en asamblea para revisar y en su caso aprobar su situación financiera, así como revisar la integración de su órgano de administración.

 

Por regla general, la asamblea de socios o accionistas indicada en el párrafo anterior, se deberá de reunir dentro de los primeros 4 meses siguientes al cierre del ejercicio social.

 

Asimismo es importante mencionar, que en el caso de las sociedades mercantiles quieran hacer reparto de utilidades, con base en el artículo 19 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, es obligatorio que para hacer la distribución de las utilidades, previamente deberán de aprobarse los estados financieros, así como constituirse el fondo de reserva legal por medio de celebración de asamblea de socios o accionistas.

 

¡Si no lo haz celebrado, no te preocupes, nosostros te ayudamos!

Francisco Vilchis Orea

L.D., E.F.P Y M.D.A.F. Legal

fvilchis@bhrmx.com

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