INFONAVIT Presentación de Dictamen · Ejercicio 2019

El pasado 06 de agosto el Infonavit emitió el comunicado donde se expresa que la entrega de dictamen se realizara de manera electrónica o de manera presencial especificando que, en la presentación electrónica, la confirmación de la recepción no implica la correcta presentación del dictamen, solo será hasta que el Instituto verifique que el dictamen se encuentra completo dando seguimiento al envió del acuse de recibo correspondiente.

En caso de no reunir alguno de los requisitos señalados, se le informará por correo electrónico al C.P.A., para que se corrija de manera inmediata la irregularidad en un plazo no mayor de dos días hábiles contados a partir del envío del correo por parte del Instituto, en caso de no hacerlo en este plazo, se considerara por no presentado.

En caso de que el día en que concluya el plazo para la presentación del dictamen no exista en el mes de calendario correspondiente, el término será el primer día hábil del siguiente mes de calendario. De igual forma si el plazo concluye en día inhábil, el término será el día siguiente.

Reglas para la presentación del Dictamen INFONAVIT

Los documentos que se deben de presentar son: La carta de presentación del Dictamen, el cuaderno de Dictamen, los anexos y demás documentación complementaria (pagos) considerando que los mismos deberán formularse en archivos de Word, Excel o PDF y los archivos deberán nombrarse conforme se describe en la siguiente tabla:

En caso de requerir información adicional, con gusto podemos apoyarle.

Miguel Castañeda Villalobos

Gerente de Seguridad Social

dn@bhrmx.com

55 5447 7400