El pasado 16 de Julio del año en curso, el SAT publicó en su Portal la Segunda Versión Anticipada de la 8ª Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior (RGCE) 2020, por lo cual nos permitimos presentar los que consideramos los siguientes cambios:
Regla 1.3.3. Causales de Suspensión en los Padrones de Importadores y Exportadores
Se reforma esta regla, para precisar respecto a la Suspensión en los Padrones de Importación de Sectores Específicos y de Exportadores Sectorial, si la Causal de Suspensión resulta aplicable solamente a uno de estos Sectores, se suspenderá al contribuyente del Sector que corresponda, de conformidad al incumplimiento señalado por la autoridad.
Regla 1.3.4. Reincorporación en los Padrones de Importadores y Exportadores
Se modifica esta regla, para indicar que la reincorporación puede ser en el Padrón de Importadores, Padrón de Importadores de Sectores Específicos o en ambos y en el Padrón de Exportadores Sectorial.
Anexo1-A Trámites de Comercio Exterior
Se modifica el formato 7/LA Solicitud para dejar sin efectos la Suspensión en el Padrón de Importadores, Padrón de Importadores de Sectores Específicos o en ambos y Padrón de Exportadores Sectorial.
Esta Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación y su contenido causará efectos legales en la fecha de publicación en el Portal del SAT.
Nuestros especialistas del área de Comercio Exterior se encuentra a sus órdenes para ayudarte a cumplir con las disposiciones señaladas en el decreto.
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L.E.I. Ernesto Cervera Morales
Comercio Exterior y Aduanas
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